Leyes Mexicanas
* Ley Federal contra la Delincuencia
Capítulo Único
Artículo 2: Haciendo referencia a la Ley General de Salud, un castigo será establecido si tres o más personas se organizan para lograr exitosamente el tráfico de órganos.
* Ley General de Salud
Artículo 461: 4 – 15 años de prisión / 300 – 700 días de salario mínimo a aquél que traslade fuera del territorio nacional, órganos, tejidos y sus componentes de seres humanos. Si el responsable es un profesional de la salud, se añadirá una suspensión hasta por siete años.
Artículo 462: 6 – 17 años de prisión / 8 – 17 mil días de salario mínimo a aquél que obtenga, conserve, utilice, prepare, suministre, comercie o promueva la obtención ilegal de órganos, tejidos y/o sus componentes, así como a cualquier receptor conocedor del origen ilícito de los mismos. En caso de a intervención de auxiliares o técnicos de la salud se aplicará una suspensión de cinco a ocho años, en caso de residencia hasta seis años.
* Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos
Capítulo II De los delitos en Materia de Trata de Personas
Artículo 10: En caso de que alguien capte, enganche, transporte, transfiera, retenga, entregue, reciba o aloje a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 – 15 años de prisión / 1000 – 20, 000 días de salario mínimo; en caso de tráfico de órganos el término explotación refiere a la extracción, retención y/o comercialización de órganos, tejidos y células de seres humanos.
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